Resolución de 22 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publican los acuerdos para la ampliación del permiso de paternidad a dieciséis semanas.
A fecha 29 de octubre de 2018, la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado acuerda:
Aprobar para todo el personal, funcionario, estatutario o laboral, al servicio de la administración General del Estado, de sus Organismos o de sus Entidades públicas dependientes, que el permiso de paternidad por nacimiento, guarda con fines de adopción, adopción o acogimiento de un hijo/hija se amplíe a un total de 16 semanas y que dicho permiso sea no transferible.
La implementación del permiso de paternidad se hará de forma progresiva:
a) En 2019: Permiso de ocho semanas, con cuatro semanas inmediatamente posteriores a la fecha de parto, decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o resolución judicial por la que se constituya la adopción y cuatro semanas disfrutadas de forma ininterrumpida.
b) En 2020: Permiso de doce semanas, con cuatro semanas inmediatamente posteriores a la fecha de parto, decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o resolución judicial por la que se constituya la adopción y ocho semanas disfrutadas de forma ininterrumpida.
c) En 2021: Permiso de 16 semanas, con cuatro semanas inmediatamente posteriores a la fecha de parto, decisión administrativa de guarda con fines de adopción o acogimiento, o resolución judicial por la que se constituya la adopción y doce semanas disfrutadas de forma ininterrumpida.